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Nuevas Conexiones

Requisitos:

• FOTOCOPIA DE DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE POSESIÓN DE
TERRENO (ESCRITURA o BOLETO COMPRA VENTA CERTIFICADO POR
ESCRIBANO, ETC.) o CERTIFICADO DE RESIDENCIA
• FOTOCOPIA DNI del titular/es.
• PERMISO MUNICIPAL ORIGINAL DE LA CONEXIÓN ELÉCTRICA
(Solicitarlo en la Municipalidad de San Rafael en Obras Privadas o en delegación municipal
de Monte Comán para iniciar el trámite).
• DEPÓSITO EN GARANTÍA EN EFECTIVO – DEBITO (VISA O MASTER) – TRANSFERENCIA:• MONOFÁSICA: $186.800
• TRIFASICA (hasta 10 hp): $ 373.600
• TRIFÁSICA (Más de 10 hasta 13,4 hp): $ 560.40

MONOFASICA

TRIFASICA (5 HP)

$ 54.024 (SIN CRUCE )
$ 83.305 (CON CRUCE)
SE COBRA EN LA 1° FAC. DE LUZ

$ 114.242 (SIN CRUCE )
$ 196.194 (CON CRUCE)
SE COBRA EN LA 1° FAC. DE LUZ

Precios vigentes desde el 01/10/2024 – Res 202/24 – Cuadro Tarifario 187

Podrá requerir que EL USUARIO realice un depósito de dinero previo a la conexión del servicio, en concepto de garantía de pago de las facturas de suministro de energía, en los siguientes casos:

e.1) Cuando se trate de un suministro Transitorio, Comunitario y/o Precario, tal cual están definidos en el Artículo 3° incisos c), d) y e) del presente REGLAMENTO.

e.2) Cuando se trate del suministro a un USUARIO no TITULAR.

RSE – ART. 3 – Condiciones General del Suministro

c) Suministros Transitorios: Cuando EL USUARIO requiera la energía eléctrica en carácter no permanente para usos tales como: exposiciones, publicidad, ferias, circos, etc., el suministro se otorgará a quien pueda acreditar la autorización pertinente para ejercer la actividad motivo de la solicitud de suministro.

d) Suministros Comunitarios En los casos de urbanizaciones o loteos comprendidos por las leyes provinciales N° 5249 y N° 5764, el suministro se otorgará a nombre de las personas o uniones vecinales que revistan la calidad de “representantes”, según los términos del Artículo 3° de la ley N° 5249.

e) Suministros Precarios La conexión individual de suministros eléctricos, en favor de inmuebles ubicados en las urbanizaciones o loteos, en proceso de regularización, u otras situaciones similares, procederá cuando el solicitante que no cuenta con el título de propiedad, pueda acreditar la posesión o tenencia del inmueble o instalación, con la presentación de un certificado de domicilio, expedido por Autoridad competente o instrumento equivalente, además de acreditar poseer el permiso municipal habilitante para la conexión eléctrica a su vivienda.

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